Desde el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE), confirmaron recientemente que, la Comisión Europea impuso una multa de 2.424 millones de euros aproximadamente a la empresa Google en el año 2017.

La razón de esta multa, es por abuso de posición dominante con el que favorecía su sistema de comparación de precios, Google Shopping, frente a los de la competencia.

Señalan desde el Tribunal que, tras su análisis, deben confirmar “el importe de la sanción pecuniaria impuesta a Google». De igual manera, señalaron que el fallo es recurrible ante el Tribunal de Justicia (TJUE).

Asimismo, esta empresa estadounidense, aún tiene pendiente un recurso contra otra multa, la cual es de 4.343 millones de euros. Esta es como consecuencia de obligar a usar su sistema operativo Android con el fin de reforzar su posición de dominio.

Usaba su propia herramienta para primar resultados

Por otro lado, la Comisión Europea llegó a la conclusión de que, Google “daba un lugar prominente a su propio servicio de comparación de compras”. Al mismo tiempo, también degradaba los servicios de comparación de competidores dentro de sus mismos resultados de búsqueda. Era así como violaba la libre competencia.

En tal sentido y para ser más explícitos, cuando un consumidor hace la consulta en el motor de búsqueda de Google, con el fin de que el servicio de compras comparativas arrojara resultados, estos mismos resultados de la propia empresa de tecnología, logran figurar en la parte superior de lista de resultados.

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Todo esto había sido iniciado por la Google ya desde el año 2008 tanto en Reino Unido como en Alemania. Pero, más adelante, lo extendió hasta Francia en 2010, luego hasta Italia, Países Bajos y España en 2011. No conforme con ello, lo llevó a República Checa en el mes de febrero de 2013 y a Austria, Bélgica, Dinamarca, Noruega, Polonia y Suecia para noviembre de 2013.

La compañía, por su parte, expuso el recurso y los argumentos ante el TGUE, quien lo rechazó contundentemente y dio la razón a la Comisión Europea. En la sentencia, se dictaminó que, «Al beneficiar su propio servicio de comparación de precios en sus páginas de resultados, a través de una visualización y posicionamiento más favorables, mientras que relegaba los resultados de los servicios de comparación de la competencia en esas páginas, Google se aisló de la competencia por méritos».

De la misma forma, el TGUE aseguró que luego de medir los “efectos actuales de la conducta en el tráfico de estos servicios de comparación desde las páginas de resultados generales de Google, la Comisión tenía una base suficiente para demostrar que ese tráfico suponía una gran parte de su tráfico total».