Así fue la decisión del Gobierno de la Comunidad de Madrid, que apeló a un juez para que no sea ratificada la orden de llevar a cabo las últimas medidas adoptadas por la pandemia. Este pasado viernes, en un auto hecho público, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Madrid, advirtió que “no se pueden limitar los derechos fundamentales con carácter general sin antes dar una declaración de alarma”.

La Comunidad ha pedido entonces que se revoque el auto y que se acuerde la ratificación de la orden, así lo presentaron en el recurso de apelación ante el Juzgado y que tendrá que ser resuelto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Según la Comunidad de Madrid, no existe ninguna relación entre las medidas que se adoptaron y el planeamiento que efectuaron en su solicitud. El auto no estudia la afectación de los concretos derechos fundamentales que pueden contener las medidas adoptadas y, por el contrario, hace una valoración  genérica de la limitación de derechos fundamentales, considerando que si es un instrumento que permite una suspensión generalizada, entonces es la declaración del estado de alarma.

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Lo que afecta a derechos fundamentales

Señala la administración regional que, el juzgado no se ha pronunciado como debería y que existe una gran falta de respuesta de su parte, acerca de del tema de los cuatro preceptos que afectarían a derechos fundamentales, pero con una incidencia con poca intensidad y totalmente justificada.

Los dos primeros preceptos serían, reducir los encuentros sociales y limitar las reuniones de grupos a un máximo de diez personas, afectando así, el derecho de reunión, además de la solicitud de datos a los asistentes a los eventos que afecta el derecho a la intimidad y privacidad.

Por otro lado, los otros dos preceptos serían, que limitan las salidas de los residentes en los centros sanitarios, afectando el derecho de los residentes a la libre circulación y el hecho de realizarse el test de PRC obligatoriamente a los nuevos ingresos de los centros sociosanitarios, lo cual indica que no existiría un previo consentimiento del afectado a realizarse esa intervención médica.

La Comunidad de Madrid opina que, a su parecer, el aumento significativo del virus en la región madrileña, obliga a que se tomen las acciones diseñadas por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.